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¿Cuántos días corresponden por la muerte de un familiar?

20/09/2023
¿Cuánto tiempo tengo para cobrar el Afore de un fallecido?

¿Cuántos días corresponden por la muerte de un familiar? Perder a una persona preciada es un proceso bastante doloroso. Dependiendo de cada individuo y su forma de llevar el duelo, este puede tener una duración emocional de por lo menos 3 meses, no obstante, los primeros días son clave, debido a que participar en los ritos funerarios nos ayuda a apresurar el proceso de dejar ir.

Es curioso que, pese a que en México el núcleo familiar sea uno de los pilares de la cultura, en la cuestión gremial una vez que hablamos de permiso por el fallecimiento de cualquier familiar pudimos encontrar una especie de hueco. En sus primeras ediciones, la Ley Federal del Trabajo no integraba papeles extraordinarios en relación a este asunto.

¿Cuántos días corresponden por la muerte de un familiar?

Por las organizaciones, lo usual es dar al empleado de uno a 3 días de tiempo libre -con o sin goce de sueldo- solamente en la situación de tratarse de parientes directos. Este vacío ha denominado la atención y se han postulado reformar al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo. Las reformas propuestas son subjetivamente actuales, razón por la cual aún hay mucha confusión en relación a los papeles por fallecimiento, cuántos días duran y cómo hacerlos válidos, de esta forma que demos un repaso veloz.

El permiso por fallecimiento son días libres con goce de salario que se tienen que brindar a los trabajadores tras el fallecimiento de una persona de el núcleo familiar, han de ser muertes únicamente de parientes que entren en el primer nivel consanguíneo. Por ahora, los días que se han aprobado son de 3.

Por consiguiente, los patrones deberán conceder un permiso de luto o fallecimiento por un plazo mínimo de 3 días (o sea que podría ser más largo sin embargo no más corto) con goce de salario, continuamente y una vez que el familiar fallecido sea de primer nivel. Además, los días tienen que ser inmediatos al deceso.

Por otra parte, se ha planteado una reforma al artículo 132. Según esta iniciativa, con el objetivo de proteger la paz psicológico y emocional de los trabajadores, los papeles por fallecimiento tendrían que ser de mínimo 5 días hábiles por el deceso de un familiar directo (cónyuge, papás, hermanos, hijos) y de 2 días hábiles por parientes en segundo nivel (tíos, sobrinos, abuelos, suegros).

El empleado tendría hasta 15 días hábiles para justificar la falta que tendrá que darse en el instante inmediato subsiguiente de el deceso. La justificación podría ser válida al exponer el documento de defunción del familiar fallecido.

Juan Carlos González